(Rectificación de Datos en la Licencia Municipal de Funcionamiento.)
Descripción:
Registrar la información correcta de la Licencia Municipal de Funcionamiento en el Padrón Municipal y en la Licencia correspondiente.
Documento ó comprobante:
Placa de Empadronamiento Municipal de Funcionamiento.
En que casos se debe presentar el trámite:
Cuando se dé lugar a una rectificación de datos en la Licencia Municipal de Funcionamiento.
Requisitos | Original | Copias |
---|---|---|
1. Aviso de Modificación de la Licencia Municipal de Funcionamiento (FM-17033-001). | Si | N/A |
2. Dependiendo de la modificación a realizar en el trámite presentar: – Factibilidad de Giro (en caso de corrección en giro). – Cédula de Identificación Fiscal (en caso de error en el R.F.C.). – Comprobante de pago del predial, luz, agua o teléfono (para placas obtenidas a través del programa de simplificación, mismo que se cotejará con el comprobante de domicilio ingresado en su apertura). – Oficio de autorización para rectificación de datos (locatarios en mercados públicos municipales). – Licencia de alcoholes emitida por Gobierno del Estado (en el caso de establecimiento con giro de alcoholes que presente inconsistencia con respecto a la autorización de Gobierno del Estado). – Otro (documento que acredite la modificación solicitada). – Número Oficial (para modificaciones por actualización en el domicilio). – Dictamen de Uso de Suelo (en caso de corrección por error en el domicilio). | No | 1 |
3.Constancia que acredite la representación legal mediante documento oficial, y/o lo que en su caso sea requerido por la autoridad Municipal, para casos en donde un tercero no acreditado mediante Acta Constitutiva o Poder Notarial acuda a realizar el trámite (aplica para personas morales). | No | 1 |
Información adicional:
Ver comentarios.
Críterios de Resolución
Deberá contar con la documentación completa y efectuar el pago de derechos correspondiente. Deberá acreditar el cumplimiento de la obligación relativa al pago del Impuesto Predial, que ampare al mismo periodo de expedición que la Placa de Empadronamiento Municipal de Funcionamiento.
¿Requiere inspección o verificación?
Sí
Objetivo de la inspección o verificación
Verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable
Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:
Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.
Complemento Comentarios
- Se validará en el expediente electrónico individual la acreditación del titular o representante legal de quien firma la solicitud, en caso de no acreditar la representación legal se deberá presentar:
- Identificación oficial vigente con fotografía del/de la titular de la licencia o el/la representante legal (IFE, INE, pasaporte, cédula profesional y FM-2 o residencia permanente para extranjeros).
- Acta Constitutiva inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio o dependencia afín, para cotejar sus datos y/o medio de acreditación del/de la solicitante para ejercer modificaciones sobre la Licencia (aplica para personas morales).
- Poder Notarial que valide su representación legal para actos de administración, en casos donde el/la representante legal no figure en el Acta Constitutiva o cuando el/la titular no pueda firmar el trámite.
- Es facultad del Verificador de Licencias de Funcionamiento condicionar y hacer las observaciones necesarias a la Licencia Municipal de Funcionamiento, según las características del establecimiento y la normatividad aplicable.
- El trámite deberá ser solicitado y realizado por la persona física o el representante legal de la persona moral a quién se emitirá la Licencia Municipal de Funcionamiento. En caso de que un tercero requiera solicitarlo o realizarlo deberá presentar constancia que acredite la representación legal mediante documento oficial y/o lo que en su caso sea requerido por la autoridad Municipal (aplica para personas morales).
- Aplica a todas las Licencias de Funcionamiento mientras acrediten, con documentación oficial, el error emitido en la última expedición de la Licencia Municipal de Funcionamiento y el pago de derechos correspondiente.
- Las Licencias Municipales de Funcionamiento con almacenaje, venta, porteo y/o consumo de bebidas alcohólicas sólo podrán efectuar el trámite en las ventanillas del Centro Cívico de Querétaro.
- Cualquier modificación en la Licencia Municipal de Funcionamiento será autorizada si se encuentra al corriente de pagos y condicionamientos de normatividad aplicable.
- Para correcciones en la Licencia Municipal de Funcionamiento en mercados públicos municipales, el oficio de autorización para la rectificación de datos deberá señalar la información a corregir, así como adjuntar la documentación que sustente la corrección correspondiente.
- Deberá acreditarse el cumplimiento de la obligación relativa al pago del Impuesto Predial, que ampare el mismo ejercicio fiscal y/o periodo correspondiente a la placa en mención.
- De conformidad con lo establecido en el artículo 6 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro, las solicitudes se presentarán en las ventanillas de atención de la administración pública municipal o a través de medios electrónicos, junto con los requisitos necesarios para su trámite.
- Conforme a lo establecido en el artículo 9 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro, en caso de documentación incompleta se requerirá al solicitante a fin de que subsane la omisión dentro del término de 5 días hábiles. Transcurrido el plazo sin que el interesado subsane la prevención, se dará de baja automáticamente la solicitud de Licencia o, en su caso, la Licencia emitida o el trámite solicitado.
- Los plazos de prevención empezarán a contar a partir del día hábil siguiente al que la persona interesada reciba el requerimiento, salvo para trámites en línea a través de herramientas informáticas, supuesto en el que el plazo de prevención empezará a contar al momento de realizar la solicitud. En caso de que el solicitante no cumpla con el requerimiento formulado por la autoridad, se hará efectivo el apercibimiento realizado en el requerimiento.
- Una vez expedida la Licencia correspondiente, la persona titular de la misma se encuentra obligada a cumplir con todas las condicionantes dentro del plazo que se determine, lo cual le será requerido para su refrendo. En caso de incumplimiento se impondrán las sanciones estipuladas en el Reglamento de Simplificación y demás normas aplicables, lo anterior de conformidad con lo establecido en el artículo 10 del Reglamento para la Simplificación de Trámites del Municipio de Querétaro.
- El tiempo de aplicación de pagos realizados en Oxxo, Súper Q, Matador y bancos será de cinco días.
- Teléfono de atención: (442) 238 7700 Ext. 6783, 6784, 6785 y 6786.
Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Fundamento Jurídico
- Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
- Ley sobre Bebidas Alcohólicas del Estado de Querétaro.
- Ley de Hacienda de los Municipios del Estado de Querétaro.
- Ley de Ingresos del Municipio de Querétaro.
- Ley Orgánica Municipal del Estado de Querétaro.
- Código Municipal de Querétaro.
- Reglamento para el Almacenaje, Venta, Porteo y Consumo de Bebidas Alcohólicas en el Municipio de Querétaro.
- Reglamento Interior de la Secretaría de Servicios Públicos Municipales de Querétaro.
- Reglamento para el Funcionamiento de Establecimientos Mercantiles en el Municipio de Querétaro.
- Reglamento de Simplificación del Municipio de Querétaro.
Documentos
Carta poder simple | Descargar |
FM-170303-001 Aviso de Modificación (REV7) | No disponible |