(Atención a las Solicitudes para la Utilización del Parque Recreativo Joya-La Barreta)
Descripción:
Atender las solicitudes escritas para visitar el Parque Recreativo Joya-La Barreta, así como la atención a los visitantes del parque, proporcionando así su óptima utilización por parte de la ciudadanía y favorecer la prestación de un mejor servicio.
Beneficio del trámite:
Recibir los beneficios o actividades que ayuden a mejorar la calidad de vida de la ciudadanía y que el Municipio está facultado para otorgar.
Documento ó comprobante:
Autorización para la Utilización del Parque Recreativo Joya-La Barreta
En que casos se debe presentar el trámite:
Cuando el solicitante desee utilizar las instalaciones para llevar a cabo actividades en grupos mayores de 20 personas o actividades que promuevan la conservación del Parque Recreativo Joya-La Barreta
Requisitos | Original | Copias |
---|---|---|
Ingresar un escrito dirigido al/la Director del Instituto de Ecología y Cambio Climático, solicitando el acceso al Parque Recreativo Joya-La Barreta, indicando el o los días que desean ingresar al Parque, el numero de visitantes y en su caso si se acampará; así también para las actividades de conservación, el número de asistentes, tipo de actividad, especificar si solicitarán apoyo con personal del Instituto de Ecología y Cambio Climático | Si | 1 |
Críterios de Resolución
Es necesario indicar los días que utilizarán el parque para el caso de grupos
¿Requiere inspección o verificación?
No
Objetivo de la inspección o verificación
No Aplica
Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:
Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.
Complemento Comentarios
El pago se efectúa en la caseta de vigilancia del Parque Recreativo Joya-La Barreta
Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Fundamento Jurídico
Artículo 24 fracción VIII de la Ley de Ingreso para el Municipio de Querétaro, Qro., para el ejercicio fiscal 2022, artículo 83 del Reglamento de Protección Ambiental y Cambio Climático.
Documentos
Trámite no cuenta con documentos capturados