(Solicitud de Autorización para Limpieza de Terrenos y Trasplante de Vegetación en Predios Urbanos y Periurbanos, así como Terrenos no Forestales en el Municipio de Querétaro)
Descripción:
Revisar los predios sujetos a la solicitud de Autorización para Limpieza de Terrenos y Trasplante de Vegetación
Beneficio del trámite:
Recibir los beneficios o actividades que ayuden a mejorar la calidad de vida de la ciudadanía y que el Municipio está facultado para otorgar.
Documento ó comprobante:
Autorización de Limpieza de Terrenos y Trasplante de Vegetación en Predios Urbanos y Periurbanos, así como Terrenos no forestales en el Municipio de Querétaro
En que casos se debe presentar el trámite:
Cuando requieran realizar la limpieza de terreno o reubicación de vegetación en terrenos no Forestales en el Municipio de Querétaro
Requisitos | Original | Copias |
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Llenar el formato de solitud (anexo en la pestaña de archivos anexos) y adjuntando los requerimientos solicitados en el documento. | Si | 1 |
Información adicional:
Es necesario la entrega de la documentación completa referida en el formato
Críterios de Resolución
Debe ingresar la solicitud junto con los requerimientos solicitados en el Instituto de Ecología y Cambio Climático. La vigencia de la autorización dependera del estudio de cada caso que va desde 5 hasta 100 dìas.
¿Requiere inspección o verificación?
Sí
Objetivo de la inspección o verificación
Verificar el cumplimiento de la normatividad aplicable
Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:
Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.
Complemento Comentarios
Una vez ingresada la solicitud, se programará una visita de verificación al predio señalado conforme al tiempo y carga de trabajo
Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Fundamento Jurídico
1, 4 Quinto Párrafo, 115 fracción V incisos a), b) y g) de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; Artículo 5 de la Constitución Política del Estado de Querétaro; artículos 1, 4 y 8 fracciones II, X y XVII, de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente; Artículo 1, 13 fracción II de la Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable; Artículos 6 fracción II, artículo 8 fracción II de la Ley de Protección Ambiental para el Desarrollo Sustentable del Estado de Querétaro; 73 fracciones I, III, VII, IX, XXVIII, XXIX, XXX y XXXIV del Código Municipal de Querétaro; Artículos 1, 6, 11 fracción XI, inciso a), 19 fracción II incisos a) y c), 96 y 100 del Reglamento de Protección Ambiental y Cambio Climático del Municipio de Querétaro.