(Dictamen de Uso de Suelo con Número Oficial (2 en 1))
Descripción:
Expedir la autorización del uso o destino que pretenda destinarse a los predios (exceptuando la autorización para uso habitacional unifamiliar) y asignación de un número oficial exterior e interior(es) otorgado a cada predio urbano que cuente con frente a la vía pública señaladas en los planes parciales.
Beneficio del trámite:
Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.
Documento ó comprobante:
Dictamen de Uso de Suelo y Certificado de Número oficial exterior e interior.
En que casos se debe presentar el trámite:
Todo aquel predio que sea diferente a habitacional unifamiliar y siempre y cuando este sobre una vialidad reconocida.
Requisitos | Original | Copias |
---|---|---|
DICTAMEN DE USO DE SUELO | No | N/A |
Solicitud elaborada a máquina o a mano, con letra de molde, sin tachaduras a nombre del/de la Propietario/a y/o representante legal del predio y firma original del mismo. Indicar las casillas de Dictamen de Uso de Suelo y Número Oficial. | Si | N/A |
Identificación oficial que acredite la personalidad y/o representación del/ de la propietario/a y/o representante legal del predio. | No | 1 |
Acta constitutiva, poder legal o documento oficial que acredite la personalidad jurídica del representante legal. | No | 1 |
2 Fotografías diferentes del inmueble mostrando lo siguiente: fachadas del establecimiento de frente con las puertas y/o cortinas cerradas, colindancias vecinas, número de niveles y altura del inmueble. | No | 2 |
En caso de pretender ubicar o establecer un uso en un predio que se encuentre bajo régimen de propiedad en condominio, se debe presentar anexo a los requisitos establecidos para obtener el Dictamen de Uso de Suelo, el Vo.Bo. de la Asociación de Condóminos debidamente notariado, para dar cumplimiento a lo establecido en la reglamentación vigente. | No | 1 |
En caso de pretender la ratificación, ampliación, modificación y/o revisión de un Dictamen de Uso de Suelo, deberá anexar copia simple del dictamen referido (anterior al 2011). En caso de contar con autorización de Acuerdo de Cabildo que autorice alguna modificación a la Normatividad por Zonificación, cambio de Uso de Suelo y/o Incremento de Densidad deberá anexar copia del pago de los derechos correspondientes de las mismas, copia de las mismas, copia de las publicaciones en la Gaceta Municipal y Periódico Oficial del Estado, copia de la Protocolización e inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. | No | 1 |
CERTIFICADO DE NÚMERO OFICIAL | No | N/A |
Escrituras inscritas en el Registro Público de la Propiedad y Comercio que señale: (superficie, lote, Manzana, medidas y colindancias) el cual deberá estar firmado y sellado. | No | 1 |
Solo para predios fusionados o subdivididos: Deberá presentar copia del oficio y plano autorizado de fusión o subdivisión. | No | 1 |
Cuando sea 4 números o más, deberá de presentarse Tabla simplificada de Números oficiales archivo digital (Excel versión 2003) para Números oficial de importación: Podrá encontrarla en el Registro Municipal de Trámites, correspondiente a esta modalidad o bien, acercarse al Área de Certificados de Número Oficial. | No | 1 |
Información adicional:
El Dictamen de Uso de Suelo se expide por cada predio y se debe indicar el total de usos a los que pretende destinarse el inmueble o predio, así como declarar la superficie total del predio; esto deberá ser solicitado únicamente por el/la Propietario/a del predio. El presentar la documentación incompleta o no proporcionar los datos requeridos en la solicitud del dictamen, ocasionará la no recepción del trámite correspondiente. El falsear la información en la solicitud, puede ocasionar la no factibilidad a su petición o la cancelación del documento expedido, así como hacerse acreedor/a a una sanción de acuerdo a lo establecido en la reglamentación vigente en la materia. La información deberá ser presentada en formato digital archivo PDF, legible, completa, en orden, sin rotación y un archivo por cada requisito.
Críterios de Resolución
Para obtener el Certificado de Número Oficial, no deberá tener adeudo en el impuesto predial. En caso de presentar escrito para la solución a los cajones de estacionamiento, este deberá indicar bajo protesta de decirla verdad, el inmueble con el cual da solución a la demanda de cajones requeridos.
¿Requiere inspección o verificación?
No
Objetivo de la inspección o verificación
No Aplica
Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:
Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.
Complemento Comentarios
NOTAS GENERALES:
•Para el ingreso de cualquier trámite, no deberá tener adeudos en el impuesto predial. Deberá revisar que sus datos aparezcan en la base catastral.
•El documento que acredite la propiedad tiene que estar debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.
•Sujeto a la actualización y/o modificación de los planes Parciales de Desarrollo Urbano.
•El falsear la información en la solicitud, puede ocasionar la no factibilidad a su petición o la cancelación del documento expedido, así como hacerse acreedor/a a una sanción de acuerdo a lo establecido en la reglamentación vigente en la materia.
•No se recibirá ningún expediente que no cuente con todos los requisitos solicitados. Expediente que no sea pagado al momento de su ingreso, se contestará no procedente;
DICTAMEN DE USO DE SUELO:
1-Tipo.
•Tipo “A” y “B”
•Para obtener la Factibilidad de Giro en los predios delimitados con malla ciclónica, esta debe ser sustituida por elementos arquitectónicos formados por castillos, columnas, cadenas y trabes de cerramiento y muros. •En caso de pretender colocar anuncios publicitarios, deberá obtener los permisos correspondientes ante la Ventanilla Única de Gestión.
•El Dictamen de Uso de Suelo se expide por cada predio y se debe indicar el total de usos a los que pretende destinarse el inmueble o predio, así como declarar la superficie total del predio; esto deberá ser solicitado únicamente por el/la Propietario/a y/o representante legal del predio
•El presentar la documentación incompleta o no proporcionar los datos requeridos en la solicitud del dictamen, ocasionará la no recepción del trámite correspondiente; yNÚMERO OFICIAL:
Solo se otorgarán números oficiales a predios con frente a vías públicas que estén señaladas en los Planes Parciales de Desarrollo Urbano (Art. 22 del Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro)
La Clave Catastral del predio deberá de indicar el nombre del propietario/a, de acuerdo al comprobante de propiedad (Escritura, Fideicomiso o Título de Propiedad). En caso contrario dirigirse a la Dirección de Catastro del Municipio de Querétaro a solicitar el cambio
El número máximo de usos, a incluir en el presente, es de 25 interiores independientemente de la distribución de los mismos, asignando únicamente números arábigos para los usos interiores, sin asignar letras.
•Clave Catastral del predio con nombre del/de la propietario/a, actualizado de acuerdo al comprobante de propiedad presentado (para realizar actualización, deberá dirigirse a la Dirección de Catastro Municipal).
•Para cualquier predio que se solicite el certificado de Número Oficial, deberá de estar incorporado al plano cartográfico de la Dirección Municipal de Catastro, en caso contrario deberá de dirigirse a dicha Dirección, para realizar el trámite de actualización cartográfica y proporcionar una copia del mismo dentro de los requisitos.
•Copia del oficio del encadenamiento por parte de S.C.T. (Secretaría de Comunicaciones y Transportes) o C.E.C. (Comisión Estatal de Caminos) en caso de requerirlo.
•Copia del plano de Deslinde Catastral en caso de que las medidas y superficie del predio no coincidan con lo señalado en comprobante de propiedad.
•Solo se otorgarán números oficiales a predios con frente a vías públicas que estén señaladas en los Planes Parciales de Desarrollo Urbano (Artículo 22 del Reglamento de Construcción del Municipio de Querétaro).
Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Fundamento Jurídico
ARTÍCULO 22. El Municipio no estará obligado a expedir dictamen de Uso de Suelo, Fusión, o Subdivisión de Predios, alineamiento, número oficial, licencia de construcción, orden o autorización para instalación de servicios públicos en predios con frente a vías públicas de hecho o aquellas que se presumen como tales, si dichas vías no son de las señaladas oficialmente con ese carácter en los Planes.
Art. 22, 38, 40, 43 del reglamento de construcción; y art. 192 fracciones III y IV del Código municipal de Querétaro.
Constitución Política de los Estados Mexicanos Art. 115 fracción V.
Ley General de Asentamientos Humanos Art. 9, 15, 28 y 32.
Código Urbano del Estado de Querétaro Art. 16 fracción III, 318, 324, 325, 326, 327, 328 y 351.
Código Municipal de Querétaro Art. 73 fracción IX y último párrafo y 431.
Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro Art. 5, 22, 43 y 186.
Planes y Programas de Desarrollo Urbano.
ARTÍCULO 261 Ter. El Informe de Uso de Suelo es el documento administrativo mediante el cual la Dirección hace del conocimiento de la persona que lo solicite, la información relativa al uso de suelo que tiene asignado un predio conforme a los programas de desarrollo urbano aplicables.
El Informe de Uso de Suelo se puede emitir en las modalidades siguientes:
I. Informe, el cual señalará todos los usos posibles para un determinado predio, y
II. Viabilidad, el cual señalará si un uso específico es permitido en el predio determinado. En conformidad con el Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro.
ARTÍCULO 355. Las especificaciones… En conformidad con el Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro.