(Número Oficial exprés)
Descripción:
Asignación de número oficial exprés habitacional otorgado a cada predio urbano que cuente con frente a la vía pública señaladas en los planes.
Beneficio del trámite:
Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.
Documento ó comprobante:
Certificado de Número Oficial.
En que casos se debe presentar el trámite:
Todo predio particular deberá de tener sus constancia de certificado de número oficial siempre y cuando tenga frente a una vía pública.
Requisitos | Original | Copias |
---|---|---|
Escritura inscrita en el Registro Público de la Propiedad y Comercio, que señale: • superficie • lote • manzana • medidas • colindancias Nota: El cual deberá estar firmado y sellado. | No | 1 |
Críterios de Resolución
La información deberá ser presentada en formato digital archivo PDF, legible, completa, en orden, sin rotación y un archivo por cada requisito.
¿Requiere inspección o verificación?
No
Objetivo de la inspección o verificación
No Aplica
Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:
Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.
Complemento Comentarios
Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Fundamento Jurídico
Art. 22, 38, 40, 43 del reglamento de construcción; y art. 192 fracciones III y IV del Código municipal de Querétaro.
Documentos
Tríptico. TP-170120-003-REV(3) | Descargar |