(Dictamen de Uso de Suelo)
Descripción:
Expedir la autorización del uso o destino que pretenda destinarse a los predios (exceptuando la autorización para uso habitacional unifamiliar)
Beneficio del trámite:
Dar cumplimiento a las obligaciones ciudadanas mediante la obtención de resoluciones de la autoridad Municipal.
Documento ó comprobante:
Dictamen de Uso de Suelo
En que casos se debe presentar el trámite:
Todo aquel predio que sea diferente a habitacional unifamiliar
Requisitos | Original | Copias |
---|---|---|
Solicitud elaborada a máquina o a mano, con letra de molde, sin tachaduras a nombre del/de la Propietario/a y/o representante legal del predio y firma original del mismo. | Si | 0 |
Identificación oficial que acredite la personalidad y/o representación del/ de la propietario/a y/o representante legal del predio. | No | 1 |
2 Fotografías diferentes del inmueble mostrando lo siguiente: fachadas del establecimiento de frente con las puertas y/o cortinas cerradas, colindancias vecinas, número de niveles y altura del inmueble. | Si | 0 |
En caso de pretender un uso industrial, anexar formulario de inducción con los datos requeridos en la misma, en caso de dudas sobre su llenado, consultar directamente en la Secretaría de Desarrollo Sustentable de Gobierno del Estado (Blvd. Bernardo Quintana No. 204, Fracc. Los Arcos, Tels. 211 68 00 y 211 68 16). | Si | 0 |
En caso de pretender ubicar o establecer un uso en un predio que se encuentre bajo régimen de propiedad en condominio, se debe presentar anexo a los requisitos establecidos para obtener el Dictamen de Uso de Suelo, el Vo.Bo. de la Asociación de Condóminos debidamente notariado, para dar cumplimiento a lo establecido en la reglamentación vigente. | Si | 0 |
En caso de pretender la ratificación, ampliación, modificación y/o revisión de un Dictamen de Uso de Suelo, deberá anexar copia simple del dictamen referido (anterior al 2011). | No | 1 |
Acta constitutiva, poder legal o documento oficial que acredite la personalidad jurídica del representante legal | No | 1 |
En caso de contar con autorización de Acuerdo de Cabildo que autorice alguna modificación a la Normatividad por Zonificación, cambio de Uso de Suelo y/o Incremento de Densidad deberá anexar copia del pago de los derechos correspondientes de las mismas, copia de las mismas, copia de las publicaciones en la Gaceta Municipal y Periódico Oficial del Estado, copia de la Protocolización e inscripción en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio. | No | 1 |
Información adicional:
El Dictamen de Uso de Suelo se expide por cada predio y se debe indicar el total de usos a los que pretende destinarse el inmueble o predio, así como declarar la superficie total del predio; esto deberá ser solicitado únicamente por el/la Propietario/a del predio. El presentar la documentación incompleta o no proporcionar los datos requeridos en la solicitud del dictamen, ocasionará la no recepción del trámite correspondiente. El falsear la información en la solicitud, puede ocasionar la no factibilidad a su petición o la cancelación del documento expedido, así como hacerse acreedor/a a una sanción de acuerdo a lo establecido en la reglamentación vigente en la materia.
Críterios de Resolución
•En caso de presentar escrito para la solución a los cajones de estacionamiento, este deberá indicar bajo protesta de decirla verdad, el inmueble con el cual da solución a la demanda de cajones requeridos. •En caso de pretender un Uso Industrial, si el predio no colinda con uso habitacional ò comercial y/o servicios; no será necesaria la obtención de dictamen de Uso de Suelo para el mismo.
¿Requiere inspección o verificación?
No
Objetivo de la inspección o verificación
No Aplica
Información que debe conservar el solicitante para fines de acreditación, inspección y verificación:
Los documentos o comprobantes emitidos como resolución del trámite.
Complemento Comentarios
Notas Generales
1-Tiempo de entrega.
•Tipo ““A” y “B” | 5 días hábiles |
•Tipo “C” | 9 días hábiles |
•Usos Considerados como condicionados |
2- Cuando se tramita el Dictamen de Uso de Suelo y Factibilidad de Giro, el tiempo de entrega se emite de acuerdo al tipo de dictamen.
3- El tiempo de entrega puede ser modificado en los trámites de Dictamen de Uso de Suelo y/o Factibilidad de Giro que contemplen el uso de almacenaje, venta, porteo y/o consumo de bebidas alcohólicas, o estén considerados como condicionados.
4- Para obtener la Factibilidad de Giro en los predios delimitados con malla ciclónica, esta debe ser sustituida por elementos arquitectónicos formados por castillos, columnas, cadenas y trabes de cerramiento y muros.
5- En caso de pretender colocar anuncios publicitarios, deberá obtener los permisos correspondientes ante la Ventanilla Única de Gestión.
6- Para el ingreso de cualquier trámite, no deberá tener adeudos en el impuesto predial. Deberá revisar que sus datos aparezcan en la base catastral.
7- El Dictamen de Uso de Suelo se expide por cada predio y se debe indicar el total de usos a los que pretende destinarse el inmueble o
predio, así como declarar la superficie total del predio; esto deberá ser solicitado únicamente por el/la Propietario/a y/o representante legal del predio.
8- El presentar la documentación incompleta o no proporcionar los datos requeridos en la solicitud del dictamen, ocasionará la no recepción del trámite correspondiente.
9- El falsear la información en la solicitud, puede ocasionar la no factibilidad a su petición o la cancelación del documento expedido, así como hacerse acreedor/a a una sanción de acuerdo a lo establecido en la reglamentación vigente en la materia.
10- El documento que acredite la propiedad tiene que estar debidamente inscrito en el Registro Público de la Propiedad y el Comercio.
11.- Sujeto a la actualización y/o modificación de los planes Parciales de Desarrollo Urbano.
Plazo con que cuenta la dependencia para prevenir al solicitante:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Plazo con el que cuenta el solicitante para cumplir con la prevención:
El trámite se da por iniciado en el momento en que son recibidos la totalidad de los requisitos solicitados en la presente cédula.
Fundamento Jurídico
Constitución Política de los Estados Mexicanos Art. 115 fracción V.
Ley General de Asentamientos Humanos Art. 9, 15, 28 y 32.
Código Urbano del Estado de Querétaro Art. 16 fracción III, 318, 324, 325, 326, 327, 328 y 351.
Código Municipal de Querétaro Art. 73 fracción IX y último párrafo y 431.
Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro Art. 5, 22, 43 y 186.
Planes y Programas de Desarrollo Urbano.
ARTÍCULO 261 Ter. El Informe de Uso de Suelo es el documento administrativo mediante el cual la Dirección hace del conocimiento de la persona que lo solicite, la información relativa al uso de suelo que tiene asignado un predio conforme a los programas de desarrollo urbano aplicables.
El Informe de Uso de Suelo se puede emitir en las modalidades siguientes:
I. Informe, el cual señalará todos los usos posibles para un determinado predio, y
II. Viabilidad, el cual señalará si un uso específico es permitido en el predio determinado. En conformidad con el Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro.
ARTÍCULO 355. Las especificaciones… En conformidad con el Reglamento de Construcción para el Municipio de Querétaro.